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Arquitecto Diego Boluda

La Mediación al amparo de la Ley 5/2012 de mediación en asuntos civiles y mercantiles, se constituye como una alternativa novedosa para la resolución de conflictos en asuntos civiles y mercantiles , una alternativa a la vía judicial, siendo los arquitectos formados en la resolución de conflictos surgidos en el marco legislativo en esta materia, los profesionales ideales para el ejercicio de mediador.

El Arquitecto como Mediador, aplica sus conocimientos y capacitación, para entender de aquellos conflictos que se producen desde la relación contractual y profesional con los diferentes intervinientes en el proceso arquitectónico y los que se presentan sobre el objeto directo de la práctica profesional, o mediar en las diferencias surgidas, entre particulares, empresas o la Administración por asuntos de construcción, discrepancias de carácter patrimonial o urbanístico.

Un ejemplo de la actuación como Mediador la tenemos en la “mediación hipotecaria”, como procedimiento extrajudicial para evitar la ejecución hipotecaria.